CICLO ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA - CABA
IMPOSITIVO – PREVISIONAL

Objetivo:
Brindar al profesional en ciencias económicas la posibilidad de mantenerse actualizado en materia tributaria (comprensiva ésta del aspecto impositivo y previsional), tomando contacto con las novedades más importantes que tienen lugar en el cambiante escenario económico que nos toca enfrentar. Priorizar, dentro del espectro de normas que van apareciendo mes a mes, el análisis de aquellas cuya aplicación resulta inminente, así como también las que resultan de gran importancia práctica en el que hacer profesional.

Metodología:
El método utilizado para llevar a cabo el dictado del curso será el presencial otorgando la posibilidad a los asistentes de realizar preguntas al expositor durante el transcurso de la jornada. La exposición será complementada con un material, que se enviará por mail, en el cual se esbozarán las novedades tributarias a medida de su publicación. 
Se realizará una clase especial sobre “Ganancias Personas Humanas”.

Temario:
Se comentarán las novedades impositivas y previsionales ocurridas en los últimos meses. No obstante, cuando la cantidad de normas fuera tal que impidiera su desarrollo en el tiempo de duración del curso, quedará a cargo del expositor la elección de aquellas que, por urgencia o importancia, merezcan un estudio pormenorizado, con el objetivo de lograr el máximo aprovechamiento del tiempo de disertación

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El titular de los Datos Personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la ley 25.326. La DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales ARTICULO 10. — (Deber de confidencialidad). El responsable y las personas que intervengan en cualquier fase del tratamiento de datos personales están obligados al secreto profesional respecto de los mismos. Tal obligación subsistirá aun después de finalizada su relación con el titular del archivo de datos. El obligado podrá ser relevado del deber de secreto por resolución judicial y cuando medien razones fundadas relativas a la seguridad pública, la defensa nacional o la salud pública.